Modelo de Contrato - Ley 24.240

Modelo estándar de contrato de préstamo personal conforme a la normativa de Defensa del Consumidor

Información Importante

De conformidad con el artículo 10 bis de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, ponemos a disposición el modelo de contrato que utilizamos para los préstamos.

Este modelo está sujeto a las condiciones específicas de cada operación y debe leerse conjuntamente con los términos y condiciones generales.

Vista Previa del Contrato

CONTRATO DE ADHESIÓN – PRÉSTAMO PERSONAL

Comparecencia

Por la presente, __________ (el "Deudor"), DNI __________, CUIL/CUIT __________, con domicilio en __________, solicita a GRUPO SACAR S.A. (C.U.I.T. 30-71918163-1), con domicilio legal en Paraná 783, Piso 9 (C1017AAO), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, titular de la marca PRESTAMITO, el otorgamiento de un préstamo sin aplicación específica predeterminada por un monto neto a acreditar de __________ (__________) (el "Préstamo"), previéndose una comisión de otorgamiento de __________ (__________), IVA incluido, la que se adicionará al monto neto acreditado, conformando ambos conceptos un capital financiado total de __________ (__________) (el "Capital Financiado"), sobre el cual se calcularán los intereses compensatorios y las cuotas conforme el Anexo I – Cuadro de Marcha, imputándose la amortización del Capital Financiado, en cada cuota, a monto neto acreditado y a comisión de otorgamiento en la misma proporción que dichos conceptos representan sobre el Capital Financiado, la que permanecerá invariable durante toda la vigencia del Préstamo cualquiera fuera la oportunidad de los pagos, conforme las siguientes cláusulas y condiciones.

1. Desembolso

En caso que GRUPO SACAR S.A. acuerde el otorgamiento del Préstamo, la obligación de GRUPO SACAR S.A. de efectuar el desembolso del mismo estará sujeta a la condición precedente de que el Deudor firme de manera electrónica y envíe a GRUPO SACAR S.A. a través de la plataforma de GRUPO SACAR S.A. la presente solicitud y el pagaré por el importe del Capital Financiado que figura adjunto, de acuerdo a lo establecido por el art. 1106 del Código Civil y Comercial de la Nación, la buena fe contractual y el deber de colaboración de las partes. A tal efecto, el Usuario declara contar con un soporte electrónico y/o tecnología adecuada y necesaria para realizar las operaciones aquí descriptas por intermedio de medios electrónicos y/o digitales. El Deudor declara que antes de aceptar y firmar electrónicamente la Solicitud ha tomado pleno conocimiento de la misma, ha leído con detenimiento su contenido y cuenta con copia digital de ella a su disposición, pudiendo guardarla en su ordenador o imprimirla.

2. Aceptación

La presente solicitud será considerada aceptada y perfeccionada cuando el Deudor, a través de la página web/plataforma de GRUPO SACAR S.A., confirme el contrato mediante firma electrónica, validando su identidad, validando con código de un solo uso (OTP) y los demás factores de autenticación que se le requieran. La firma electrónica se instrumenta conforme Ley 25.506 y demás normativa aplicable, y los registros electrónicos de la plataforma harán plena fe respecto de la identidad del firmante, la integridad documental y el momento de aceptación. Una vez perfeccionada la aceptación, GRUPO SACAR S.A. procederá al desembolso del Préstamo en los términos del punto 1), sirviendo el asiento contable/bancario como recibo suficiente y constancia de desembolso. El desembolso podrá efectuarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes a la aceptación por parte del Deudor, por cuestiones operativas y/o de compensación bancaria, sin que ello configure incumplimiento contractual ni modificación de las condiciones económicas del Préstamo.

3. Revocación de la aceptación

El Deudor toma conocimiento que tiene derecho a revocar la contratación del Préstamo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de que el mismo fue puesto a su disposición conforme a la presente Solicitud, mediante notificación fehaciente o el medio por el que fue contratado. Dicha revocación será sin costo ni responsabilidad alguna para él, en la medida que no haya hecho uso del préstamo y será efectiva una vez que devuelva el mismo dentro del mencionado plazo. En el caso de que haya utilizado el préstamo, se cobrarán los intereses, comisiones y cargos proporcionados al tiempo de utilización, y previo a la revocación el SOLICITANTE deberá devolver la totalidad del monto adeudado. En caso que el préstamo sea dirigido a financiar la adquisición de un bien determinado, esta facultad solo podrá ser ejercida por él, en caso de haberse rescindido previamente la operación de compra venta del bien y haberse reintegrado este al vendedor con su conformidad, junto con la reversión de todos los efectos complementarios de dicha adquisición, lo que deberá ser debidamente acreditado por el Deudor a GRUPO SACAR S.A.

4. Vencimiento

El Deudor deberá abonar el Préstamo en __________ cuotas de capital mensuales y consecutivas más los intereses compensatorios y comisiones correspondientes establecidos en el punto 5 de la presente. El vencimiento de las cuotas se producirá el primer (1er) día de cada mes, pudiendo el Deudor abonarlas sin cargo hasta el día 10 (diez) del mismo mes. De efectuar el Deudor el pago de las cuotas fuera del período de gracia mencionado, el Préstamo devengará intereses punitorios desde el primer (1er) día de cada mes, ello sin perjuicio de que se produzca alguna de las causales de caducidad o rescisión establecidas en la presente, o que el Deudor no cumpla en término con alguna de las cuotas, supuestos que permitirán a GRUPO SACAR S.A. exigir anticipadamente el pago íntegro de la deuda.

5. Intereses Compensatorios

El Préstamo devengará intereses conforme al sistema de amortización francés, a una tasa de interés nominal anual sobre saldo del __________ (TNA s/IVA), más IVA, y una tasa de interés efectiva anual de __________ (TEA s/IVA), más IVA, y un costo financiero total efectivo anual con IVA incluido de __________ (CFTEA c/IVA), pagaderos en conjunto con cada cuota de capital de acuerdo al citado sistema y con un tipo de tasa fija. Asimismo, cada cuota incluye una comisión de __________ + IVA, detallada en el Anexo I – Cuadro de Marcha y está incluido en el CFTEA c/IVA informado.

5 bis. Opción de diferimiento del primer vencimiento

Cuando GRUPO SACAR S.A. ponga la opción a disposición del Deudor, este podrá seleccionar, al momento de efectuar la Solicitud, que el vencimiento de la primera cuota se produzca el primer (1er) día del segundo mes calendario posterior al de otorgamiento del Préstamo, en lugar del primer (1er) día del mes calendario inmediato siguiente (la "Opción de Diferimiento").

Ejercida la Opción de Diferimiento, regirá el siguiente régimen: (i) el Préstamo no devengará intereses compensatorios desde la fecha de otorgamiento y hasta el último día, inclusive, del mes calendario de otorgamiento; (ii) los intereses compensatorios previstos en la cláusula 5 comenzarán a devengarse sobre el capital a partir del primer (1er) día del mes calendario siguiente al de otorgamiento; y (iii) la primera cuota de capital e intereses vencerá el primer (1er) día del segundo mes calendario posterior al de otorgamiento, manteniéndose para las restantes cuotas el régimen de vencimientos de la cláusula 4.

La Opción de Diferimiento es de ejercicio voluntario y no opera de pleno derecho. De no ser ejercida, la primera cuota vencerá conforme la cláusula 4. Su ejercicio no modifica la comisión de otorgamiento prevista en la Comparecencia, la cantidad de cuotas, ni las tasas establecidas en la cláusula 5. Las condiciones definitivas aplicables al Préstamo —incluidos el cronograma de vencimientos, el importe de cada cuota y el Costo Financiero Total— son las que surgen del Anexo I – Cuadro de Marcha, informado al Deudor con carácter previo a su aceptación.

6. Destino del Crédito

El Deudor manifiesta ante GRUPO SACAR S.A. que el destino único y excluyente de los fondos será para consumo del Deudor.

7. Imputación de Cobro y Pagos

Los pagos efectuados por el Deudor, o los fondos que por otro medio perciba GRUPO SACAR S.A. en pago de deudas vencidas bajo el Préstamo, por cualquiera de los medios acordados en la presente, se imputarán en el siguiente orden, aun en el supuesto de que no se hiciera reserva alguna en los correspondientes recibos de las sumas percibidas por GRUPO SACAR S.A.: (i) impuestos; (ii) gastos y honorarios profesionales; (iii) costas judiciales; (iv) comisiones; (v) intereses punitorios; (vi) intereses compensatorios y (vii) de existir remanente, a la cancelación de capital. Cualquier fondo recibido o cobrado en exceso por GRUPO SACAR S.A., por cualquiera de los medios de cobro establecidos en la presente, serán mantenidos por GRUPO SACAR S.A. en prenda, sin devengar intereses a favor del Deudor, hasta el vencimiento de las próximas cuotas adeudadas bajo el Préstamo e imputados al pago de las mismas de acuerdo al orden de prelación antes detallado. Los excedentes que superen el total adeudado bajo el Préstamo no se trasladan a otros préstamos ni obligaciones del Deudor y se imputan como comisiones, IVA incluido.

8. Mora Automática. Efectos Respecto de Otras Obligaciones. Intereses Punitorios

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Deudor y, en especial, la falta de pago de cualquier importe adeudado a su vencimiento, o al primer requerimiento de GRUPO SACAR S.A. en los casos en que este tiene derecho a exigir el cobro anticipado de su crédito, producirá la caducidad automática de todos los plazos acordados y la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial de ninguna naturaleza, considerándose vencidos todos los plazos y facultando a GRUPO SACAR S.A. a reclamar la totalidad de las cuotas pendientes. El Deudor renuncia expresamente al protesto, al aviso de falta de pago y a cualquier otra notificación de incumplimiento.

Desde la mora y mientras esta dure, el total vencido de cuotas (intereses y capital) devengará un interés punitorio igual a una tasa nominal anual del __________ + IVA (TNA s/IVA), y una tasa de interés efectiva anual de __________ (TEA s/IVA). Los intereses compensatorios y, en su caso, los punitorios, correrán a partir de la mora y hasta tanto GRUPO SACAR S.A. pueda disponer efectivamente del importe adeudado. Los intereses serán capitalizados semestralmente. Toda cuestión relativa a las tasas de interés solo podrá plantearse en juicio de repetición. La mora dará, además, derecho a GRUPO SACAR S.A. a considerar todas las demás obligaciones del Deudor hacia GRUPO SACAR S.A. como vencidas y exigibles. El Deudor autoriza a GRUPO SACAR S.A. a compensar las sumas de las que sea acreedor con cualquier crédito que tuviere a su favor el Deudor contra GRUPO SACAR S.A., o cualquiera de sus afiliadas o relacionadas, aun cuando estos no estuvieran vencidos.

9. Modalidad de Pago

Todos los importes de los que GRUPO SACAR S.A. sea acreedor podrán ser debitados de las Cuentas del Deudor, sea sobre saldos acreedores o en descubierto, en dólares estadounidenses o en pesos, según sea la moneda de la cuenta. Tales débitos no se considerarán como novación de las obligaciones del Deudor, aun cuando originen un saldo deudor en una moneda distinta a la del Préstamo. Se tomarán como válidos todos los pagos realizados por el Deudor en cualquiera de las bocas de pago habilitadas por GRUPO SACAR S.A., tales como Rapipago, Pago Fácil, Cobro Express, pagos con tarjeta de débito de todos los bancos en forma presencial o virtual, Pago Mis Cuentas, transferencias bancarias, y todas aquellas que GRUPO SACAR S.A. habilite en el futuro.

10. Autorización Débito Automático

Por este acto el Deudor otorga la autorización, por el plazo durante el cual posea deuda con GRUPO SACAR S.A., para que este último o quien éste autorice, a su exclusivo criterio, cuando así lo estime conveniente y siempre que se encuentre permitido por la normativa vigente, instruya y/o solicite a las entidades en las que el Deudor posea cuentas, el débito de los montos adeudados con motivo del presente y por cualquier concepto. El débito referido se realizará mediante la operación de débito interno o intrabancario. Se deja constancia que, en caso de que el Deudor ejerza la opción denominada Stop Debit con el fin de impedir el débito de las cuotas o cualquier otra deuda según el Préstamo, el Deudor entra en estado de mora, y sin necesidad de interpelación alguna, GRUPO SACAR S.A. tendrá derecho a exigir el pago total del Préstamo.

El Deudor podrá abonar, a su vez, el capital, los intereses compensatorios, punitorios e impuestos relacionados mediante débito en tarjeta bancaria. En tal supuesto, el Deudor deberá informar los datos de la tarjeta bancaria, incluyendo el código de seguridad y la fecha de caducidad. El servicio de pago a través de la tarjeta bancaria se procesa mediante entidades de pago habilitadas; GRUPO SACAR S.A. no captura ni almacena los datos de tarjeta, contando con proveedores de servicios de pago que cumplen la normativa aplicable en materia de Payment Card Industry Data Security Standard (PCI/DSS), y que se encuentran debidamente autorizados para almacenar y tratar datos bancarios cumpliendo con toda la normativa vigente de seguridad.

Si a la fecha de vencimiento de la cuota mensual el cliente no tuviera fondos disponibles y/o el débito no pudiera ser procesado por motivos no imputables a GRUPO SACAR S.A., el Deudor expresamente autoriza a GRUPO SACAR S.A. a repetir los cargos por sí o por terceros, por el importe pendiente a dicha fecha o cualquier importe menor hasta hacer efectivo el cobro íntegro del saldo adeudado. En estos cargos se incluirán las penalizaciones por demora y todos aquellos gastos que se originen como consecuencia del impago de la deuda. En caso de pérdida, extravío, robo, destrucción, cambio, o cualquier situación que impida a GRUPO SACAR S.A. realizar el cobro correspondiente, el Deudor se obliga a notificar dicha circunstancia en un plazo no mayor a 3 (tres) días contados a partir de que tenga conocimiento de cualquiera de los eventos antes mencionados.

11. Otras Obligaciones del Deudor

El Deudor se compromete a cumplir las siguientes obligaciones, bajo apercibimiento de que GRUPO SACAR S.A. pueda exigir el pago anticipado del Préstamo: a) Mantener abiertas las Cuentas bancarias informadas, salvo que el cierre de las mismas se deba a motivos ajenos al Deudor. b) Notificar de inmediato a GRUPO SACAR S.A. cualquier hecho o circunstancia que modifique o pueda modificar de forma materialmente adversa su situación patrimonial y financiera, o que altere sustancialmente su capacidad para atender el pago del Préstamo.

12. Datos Personales

El Deudor entiende y consiente de manera irrevocable que Compensadora Electrónica S.A. (COELSA), el BCRA y cualquier entidad bancaria transfieran, informen y/o suministren a GRUPO SACAR S.A. las Claves Bancarias Uniformes (CBUs) de todas las cuentas bancarias a su nombre y toda aquella información que GRUPO SACAR S.A. requiera para verificar la información brindada por el Deudor mediante la plataforma electrónica de GRUPO SACAR S.A. o como base del análisis de riesgo crediticio con motivo de este Préstamo (los "Datos"). En particular, el Deudor declara y manifiesta con relación a los Datos que presta su consentimiento expreso e irrevocable para que: (i) los mismos puedan ser recabados y/o procesados a fin de que GRUPO SACAR S.A. pueda verificar su identidad con motivo de los productos y/o servicios solicitados, y (ii) los Datos sean utilizados para: (a) la consideración de cualquier producto y/o servicio que pueda solicitar a GRUPO SACAR S.A. y para cualquier ofrecimiento que este pueda efectuarle en el futuro; o (b) efectuar desembolsos de préstamos y/o realizar Débitos Directos en las cuentas bancarias a las que correspondan los CBUs, de acuerdo con la reglamentación del BCRA.

El Deudor, en su carácter de TITULAR DE LOS DATOS personales, presta su CONSENTIMIENTO para que GRUPO SACAR S.A., en su carácter de CESIONARIO, confronte mis datos personales que se indican en el párrafo siguiente con la base de datos del RENAPER, conforme a las especificaciones detalladas a continuación: Datos autorizados: el presente consentimiento para el tratamiento de sus datos personales alcanza a los incluidos en su Documento Nacional de Identidad (incluyendo datos biométricos de huella dactilar y de reconocimiento facial) en confronte con lo que informa el web service del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

Información sobre el tratamiento: 1. Los datos serán tratados con la exclusiva finalidad de validar su identidad y verificar la vigencia de su Documento Nacional de Identidad para la obtención de un crédito. 2. Los datos son facilitados con carácter obligatorio, por cuanto es imprescindible identificar fehacientemente al titular para asegurar el correcto proceso de identificación. 3. El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el RENAPER. 4. En cumplimiento de la Resolución AAIP N° 14/2018, se hace saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

13. Exigibilidad Anticipada

GRUPO SACAR S.A. se reserva el derecho de exigir el pago anticipado total o parcial del Préstamo acordado y de cualquier suma adeudada en relación al mismo bajo la presente solicitud si: (i) el Deudor incumpliera cualquiera de las obligaciones previstas en la presente o cualquier otra obligación del Deudor para con GRUPO SACAR S.A., incluyendo el cierre de las Cuentas por disposición judicial; (ii) el Deudor se presentase en concurso preventivo o solicitase su propia quiebra o si esta le fuere pedida por terceros y no fuera levantada o desestimada en un plazo de 30 (treinta) días corridos desde su presentación, o si celebrase un acuerdo preventivo extrajudicial; o (iii) si mediara cualquier otra circunstancia que afectare materialmente la solvencia comercial que GRUPO SACAR S.A. le hubiera atribuido al Deudor al conceder el Préstamo solicitado.

14. Renuncias. Modificaciones

a) La demora u omisión de GRUPO SACAR S.A. en el ejercicio de cualquiera de sus derechos o su consentimiento con actos u omisiones del Deudor no será interpretada como renuncia ni como concesión de espera. b) Cualquier renuncia a los derechos de GRUPO SACAR S.A. y, en general, toda modificación a los términos y condiciones de la presente Solicitud solo podrá invocarse por el Deudor cuando haya sido convenida por GRUPO SACAR S.A. en forma expresa y por escrito.

15. Cesión de Derechos

GRUPO SACAR S.A. podrá ceder o transferir el presente Préstamo en cualquier momento por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente en la República Argentina, adquiriendo el/los cesionarios del Préstamo los mismos beneficios, derechos y acciones de GRUPO SACAR S.A. bajo la presente solicitud. El Deudor acuerda expresamente, en los términos del art. 72 de la Ley 24.441, que no será necesaria la notificación al Deudor en caso de cesión del Préstamo, siendo la misma válida y oponible a terceros desde la fecha de la cesión sin necesidad de ningún otro recaudo.

16. Precancelación

El Deudor podrá precancelar el Préstamo, en forma total o parcial, en cualquier momento durante su plazo, abonando el capital adeudado junto con los intereses devengados hasta la fecha de cancelación efectiva y una comisión equivalente al __________ (más IVA) sobre el capital precancelado, salvo las excepciones que GRUPO SACAR S.A. pudiera otorgar.

17. Costos, Costas e Impuestos

Queda entendido que el Deudor toma a su cargo el pago de cualquier impuesto (presente o futuro), costos, costas, comisiones, tasas u otro gasto de cualquier naturaleza que exista o fuese creado por el Gobierno Nacional, o por cualquier otro organismo dependiente del Estado Nacional y/o por organismos provinciales y/o municipales, relacionados con el pago de todos o cualesquiera de los montos debidos de acuerdo con el Préstamo, de manera tal que todos los pagos por capital, intereses y/o cualquier accesorio debido en virtud de esta solicitud se efectúen libres de retenciones de dichos impuestos, tasas o gastos.

18. Firma electrónica

Por la forma y la naturaleza de la contratación, el consentimiento brindado por el Deudor a GRUPO SACAR S.A. queda plasmado por la Firma Electrónica, cumpliendo con la normativa vigente e indicada en la Ley 25.506, referida a Firma Electrónica.

19. Régimen de Transparencia

El Deudor puede consultar el "Régimen de Transparencia" elaborado por el Banco Central sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios financieros, ingresando a http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Regimen_de_transparencia.asp.

20. Domicilio

A todos los efectos de la presente, el Deudor constituye domicilio en aquel denunciado en la plataforma de GRUPO SACAR S.A. al efectuar la solicitud de un préstamo de manera digital. GRUPO SACAR S.A. lo fija en Paraná 783, Piso 9 (C1017AAO), CABA, donde serán válidas todas y cada una de las notificaciones que se cursen con motivo de la presente solicitud y, en su caso, del Préstamo otorgado. En caso de aceptarse esta Solicitud, el Préstamo quedará sujeto a las leyes de la República Argentina.

21. Anexos. Integración contractual

Forman parte integrante del presente Contrato, con igual validez y eficacia, los siguientes documentos que el Deudor suscribe electrónicamente junto con el mismo: Anexo "I" - Cuadro de Marcha (detalle del capital acreditado, la comisión de otorgamiento, otras comisiones detalladas, el Capital Financiado, tasas, CFT, cuotas y vencimientos). Anexo "II" - Autorización de Débito Automático en Cuenta Bancaria (CBU). Anexo "III" - Pagaré a la Vista.

22. Constancia de aceptación y verificación de identidad

En prueba de conformidad, el Deudor manifiesta su aceptación de todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato de Adhesión, firmándolo de manera electrónica junto con sus Anexos, previa verificación de su identidad, en la fecha consignada en los registros electrónicos de la plataforma del Prestamista.

Firma Deudor:

Apellido y Nombre: __________

DNI: __________

Teléfono: __________

Email: __________

Hash: __________

ANEXO I. Cuadro de Marcha del Préstamo

El Anexo I se incorpora como cuadro detallado adjunto, con un capital acreditado de __________, una comisión de otorgamiento de __________ (IVA incluido) y un Capital Financiado de __________, plazo de __________ cuotas mensuales y consecutivas, primer vencimiento el __________, TNA s/IVA del __________, TEA s/IVA del __________ y CFTEA c/IVA del __________. El detalle individual de cada cuota (capital, interés, comisiones, IVA del interés y de comisiones y vencimiento) integra el ejemplar electrónico del presente Contrato como cuadro del Anexo I.

Cuadro de marcha, modelo en blanco
CuotaVencimientoCapitalInterésIVAComisiónTotalSaldo
________________________________________
________________________________________
________________________________________

Firma Deudor:

Apellido y Nombre: __________

DNI: __________

Teléfono: __________

Email: __________

Hash: __________

ANEXO II. Autorización de Débito Automático en Cuenta (CBU)

Yo, __________, DNI __________, CUIT/CUIL __________, autorizo irrevocablemente a Grupo Sacar S.A. (o a quien éste instruya) a debitar de mi(s) cuenta(s) bancaria(s) los importes adeudados bajo el Contrato de Préstamo (cuotas, intereses, punitorios, impuestos, comisiones y gastos), mediante Débito Directo conforme normativa vigente, hasta la cancelación total de la deuda.

CBU informada: __________. Banco: __________. Titular: __________.

Declaro mantener fondos suficientes a cada vencimiento. La falta de fondos o el ejercicio de Stop Debit o la revocación de esta autorización, sin acordar un medio de pago alternativo aceptado por Grupo Sacar S.A., constituirá incumplimiento grave, habilitando la exigibilidad anticipada de la deuda. Autorizo reintentos de débito por el saldo impago, incluyendo intereses por mora y gastos asociados.

De igual manera, autorizo a Grupo Sacar S.A. a aplicar el débito de los saldos impagos sobre cualquier otra cuenta de mi titularidad, bancaria o de pago, cuya Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU).

Firma Deudor:

Apellido y Nombre: __________

DNI: __________

Teléfono: __________

Email: __________

Hash: __________

ANEXO III. Pagaré a la Vista

__________. Pagaré N° __________. Importe: __________ (__________).

Deudor/Librador: __________, DNI __________, CUIT/CUIL __________, Domicilio: __________. Beneficiario: Grupo Sacar S.A. (CUIT 30-71918163-1).

A la vista y sin protesto, pagaré a la orden de GRUPO SACAR S.A. la suma de __________ (__________) por igual valor recibido a mi entera satisfacción, dejando expresa constancia, en mi carácter de librador, que de conformidad con lo previsto en el art. 36 del decreto-ley 5965/63, amplío el plazo de presentación de este pagaré hasta cinco (5) años desde la fecha de su libramiento.

A partir de la fecha de libramiento y hasta la fecha de su efectivo pago, la cantidad indicada devengará intereses compensatorios a tipo de tasa fija, con una tasa de interés nominal anual del __________ (TNA s/IVA), una tasa de interés efectiva anual del __________ (TEA s/IVA), y un costo financiero total efectivo anual con IVA incluido de __________ (CFTEA c/IVA). A partir de su presentación al cobro sin que la deuda hubiese sido cancelada, el capital más los intereses y gastos impagos devengará una tasa de interés punitorio incremental del __________ más IVA (tasa nominal anual), hasta la fecha de su efectivo pago.

GRUPO SACAR S.A. queda facultada para ceder el presente pagaré en forma total o parcial sin necesidad de notificación por acto público, en los términos de los artículos 70 y 72 de la Ley 24.441. Se establece que el domicilio de pago será en Paraná 783, Piso 9, (C1017AAO) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

Firma Deudor:

Apellido y Nombre: __________

DNI: __________

Teléfono: __________

Email: __________

Hash: __________